EL RECTOR
Definición
El Rector es la autoridad ejecutiva superior del IEES-UDAAM y máximo responsable de la administración para lo cual es asistido por los Secretarios de Programación y Gestión Estratégica; de Docencia, Extensión y Vida Estudiantil, y de Investigación, Desarrollo y Transferencia de Tecnología, y las Subsecretarias y Direcciones que autorice el Consejo de Programación y Gestión Estratégica. Dura cuatro (4) años en su mandato, pudiendo ser reelegido de manera consecutiva. En caso de licencia o impedimento temporal será reemplazado por el Vicerrector de Sede que designe o, en su ausencia por el Vicerrector de mayor antigüedad en la institución. En caso de vacancia definitiva del Rector, por cualquier razón, ejercerá el cargo de pleno derecho hasta la finalización del mandato el Vicerrector de Sede de mayor antigüedad en IEES-UDAAM, quien dentro de los quince días deberá convocar a elecciones para elegir a los nuevos titulares, cuando el período restante sea mayor de seis meses. El nuevo titular ejercerá hasta completar el período.
Votaciones
El Rector es elegido por voto secreto, ponderado y directo. Los candidatos deberán tener más de 30 años de edad y al menos 10 años transcurridos desde la obtención del título de grado, ser o haber sido profesores ordinarios efectivos titulares o asociados o equivalentes de universidades nacionales, haber dirigido proyectos de investigación científica o tecnológica y acreditar experiencia en gestión de universidades u organismos científico-tecnológicos. Eliminar
Suspensión del cargo
Son causales de suspensión o separación del Rector, la notoria inconducta en el cumplimiento de sus deberes de funcionario o de las obligaciones emanadas del Estatuto y otras normas de IEES-UDAAM.
Funciones
Son funciones del Rector:
- Ejercer la representación y la gestión administrativa, IEES-UDAAM, sin perjuicio de las atribuciones conferidas a los otros órganos de gobierno.
- Cumplir y hacer cumplir las disposiciones y acuerdos de la Asamblea Universitaria y de los Consejos de IEES-UDAAM.
- Convocar para sesiones ordinarias y extraordinarias a los órganos colegiados de gobierno, presidir sus reuniones y todos los actos de IEES-UDAAM a los que concurra.
- Elaborar la programación estratégica de IEES-UDAAM, con el apoyo de los Secretarios y en consulta con los Vicerrectores de Sedes.
- Conducir la gestión ejecutiva del IEES-UDAAM, que comprende la programación institucional, la autoevaluación y la evaluación externa para la mejora continua, el desarrollo de la docencia, la investigación, la extensión y la gestión económico financiera.
- Organizar las Secretarías del IEES-UDAAM, incluidas las sedes, designar y remover a sus titulares.
- Proponer fundadamente al Consejo de Programación y Gestión Estratégica la creación, fusión o cierres de Sedes del IEES-UDAAM.
- Proponer a los Consejos que correspondan las Subsecretarías de IEES-UDAAM, y designar o remover a sus titulares.
- Organizar la Oficina de Aseguramiento de la Calidad y designar a su titular.
- Designar a los Directores de Departamento, Directores de Escuelas de Docencia, Coordinadores de los programas de docencia de grado y postgrado, y a los Directores de los Institutos de Investigación, con base en las ternas propuestas por los órganos de gobierno de cada sede.
- Determinar la representación de las organizaciones sociales en los consejos asesores de las Escuelas de Docencia.
- Expedir, conjuntamente con el Vicerrector de la sede respectiva, los diplomas otorgados por IEES-UDAAM.
- Administrar el fondo universitario y las cantidades recibidas por ingresos propios o procedentes del presupuesto, conforme al reglamento pertinente y disponer su aplicación.
- Elaborar y ejecutar el presupuesto del IEES-UDAAM, sin perjuicio de las facultades de delegación autorizadas.
- Percibir los fondos institucionales por medio de Tesorería General u otras fuentes y darles el destino que corresponda.
- Efectuar la convocatoria a concursos regulares para la provisión de cargos de docentes/investigadores.
- Designar los docentes ordinarios y, cuando correspondiera, de los funcionarios sujetos a acuerdo y nombrar de acuerdo con la legislación laboral vigente, a los empleados cuya designación no dependa de otra autoridad.
- Requerir de las restantes autoridades del IEES-UDAAM los informes que estime convenientes, e impartir las instrucciones necesarias para el gobierno y administración de la institución.
- Celebrar convenios que ayuden al mejor cumplimiento de los fines universitarios, y cuando estos impliquen un compromiso patrimonial para la institución, ad referéndum del Consejo de Programación y Gestión Estratégica.
- Autorizar de conformidad con este Estatuto y las reglamentaciones pertinentes de los consejos correspondientes, lo concerniente a la explotación de las actividades de investigación (regalías, licencias, etc.); la percepción de ingresos de terceros en concepto de consultorías institucionales y/o prestaciones de servicios científico-tecnológicos; la percepción de retribuciones adicionales a personal docente y de apoyo que participe de las actividades de vinculación y transferencia; la participación en los beneficios derivados de la explotación de resultados.
- Mantener relaciones con organismos o instituciones municipales, provinciales, nacionales y/o extranjeras tendientes, al mejor cumplimiento de los fines del IEES-UDAAM.
- Designar a los miembros de los Tribunales Universitarios, hacer cumplir sus resoluciones, y ejercer la potestad disciplinaria que los reglamentos le otorguen.
- Elaborar la Memoria Anual y someterla a consideración de la Asamblea Universitaria.
- Elaborar y proponer al Consejo de Docencia, Extensión y Vida Estudiantil el régimen de admisión de los estudiantes a los programas de docencia de grado y postgrado, de permanencia y promoción, incluidas las normas sobre regularidad en los estudios que establezca el rendimiento académico mínimo exigible para mantener la condición de alumno, respetando las condiciones previstas en el artículo 65 del presente Estatuto.
- Autorizar, de conformidad con este Estatuto y reglamentaciones correspondientes el sistema de ingreso, inscripción, permanencia, promoción y egreso de los alumnos.
- Resolver sobre equivalencia y reválida de títulos expedidos por el IEES-UDAAM y extranjeras, estudios, asignaturas y títulos de postgrado, conforme las reglamentaciones que se establezcan.
- Resolver los pedidos de licencia del personal según el régimen de personal que se establezca y las normas del presente estatuto.
- Otorgar becas, ayudas y subsidios a alumnos conforme la reglamentación que se dicte.
- Promover la formulación de las actividades de promoción y asistencia social, de extensión universitaria y de asesoramiento técnico.
- Designar el Director de la Oficina de Aseguramiento de la Calidad de IEES-UDAAM.
- Ejercer por sí o por quien disponga la autoridad ejecutiva y disciplinaria sobre el personal.
- Toda otra función expresamente no prevista para los órganos colegiados de gobierno.
LAS SECRETARÍAS DEL IEES-UDAAM
Las Secretarías del IEES-UDAAM asisten al Rector. Su número, tipo y atribuciones será determinado por el Consejo de Programación y Gestión Estratégica del IEES-UDAAM, de acuerdo al tamaño y características y funciones a ejecutar.
Funciones de la Secretaría de Programación y Gestión Estratégica
A la Secretaría de Programación y Gestión Estratégica le corresponde asistir al Rector en la conducción de las áreas de programación y gestión económica y financiera, y colaborar con el Rector en la coordinación de las actividades administrativas del IEES-UDAAM.
Funciones de la Secretaría de Docencia, Extensión y Vida Estudiantil
A la Secretaría de Docencia, Extensión y Vida Estudiantil le corresponde asistir al Rector en la conducción de la docencia universitaria, en todas sus modalidades y todo lo concerniente a la vida estudiantil, en particular el sistema de admisión, el sistema de tutorías, el bienestar de los estudiantes y la inclusión social, la empleabilidad y seguimiento de los egresados y la formulación y seguimiento de la política de extensión universitaria.
Funciones de la Secretaría de Investigación, Desarrollo y Transferencia de Tecnología
A la Secretaría de Investigación, Desarrollo y Transferencia de Tecnología, le corresponde asistir al Rector en la conducción del área de investigación, desarrollo y transferencia artística y tecnológica.